¿Cómo son las oposiciones al Cuerpo de Maestros y Profesores de Secundaria?

Si tienes vocación docente y has pensado en dar clases en colegios o institutos públicos, lo primero que debes saber es que el ingreso en la Función Pública Docente se hace mediante el sistema de concurso-oposición.

El Sistema Educativo, en España es competencia de las diferentes Comunidades Autónomas, así que son éstas las que convocan las diferentes oposiciones en función de sus necesidades de empleo en sus centros docentes.

Debes saber también que son necesarios unos requisitos previos para poder opositar a profesor o maestro, y que son iguales en todas las CC.AA.

Unos requisitos son generales, y son iguales para opositar a cualquier empleo en la Administración Pública, y otros son específicos, centrados en las competencias que debe tener el aspirante.

REQUISITOS GENERALES:

Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004:38:CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de trabajadores de aplicación en España.

– Tener cumplidos 18 años y no estar jubilado.

– No padecer enfermedad y no estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

No haber sido inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, que tampoco en su Estado están inhabilitados para la función pública.

No ser funcionario de carrera salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades a que se refiere el Título V de este Reglamento.

– Acreditar el conocimiento de la lengua cooficial si procede.

 

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA INGRESAR EN LA FUNCIÓN PÚBLICA DOCENTE:

• Ingreso en el Cuerpo de Maestros

– Estar en posesión de la titulación de Magisterio.

• Ingreso en el Cuerpo de Profesores de Secundaria
• Ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional
• Ingreso en el Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas

– Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado correspondiente.

– Contar con el Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.

• Ingreso en el Cuerpo de Profesores de Música y de Artes Escénicas
• Ingreso en el Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
• Ingreso en el Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño

– Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

– Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con la excepción de quienes ingresen en el cuerpo en especialidades propias de Arte Dramático.

FASES DE LA OPOSICIÓN:
Una vez superados todos los requisitos ya podemos inscribirnos en la convocatoria de oposiciones de la Comunidad Autónoma que más nos convenga, ya sea por especialidad, nº de plazas convocadas o cercanía. En Maac Formación podrás consultar información acerca de las próximas convocatorias que se acercan.

El acceso a la Función Pública Docente, se hace mediante el mecanismo de oposición-concurso. El Reglamento que regula dicho acceso en cada una de las fases, ha sido recientemente modificada por el Ministerio de Educación en acuerdo con varias organizaciones sindicales, así como la ponderación de cada una.

– FASE DE OPOSICIÓN
Se refiere a las pruebas y exámenes a superar con un valor del 60% de la nota final. En estas pruebas se valoran los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente

– FASE DE CONCURSO
Se miden todos los méritos y experiencia adquirida con un peso del 40% de la nota final. Se incluye la formación académica, la experiencia docente previa en los centros públicos de la misma etapa educativa, los cursos homologados para oposiciones, entre otros.

La calificación de la fase de concurso se aplica únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

– FASE DE PRÁCTICAS
Es la fase final de la oposición, una vez aprobadas las dos fases anteriores.
Es la fase donde el ejercicio de la docencia en centros públicos se desarrollará bajo la tutoría de profesores experimentados, tendrá una duración mayor a un trimestre y no superior a un curso escolar y podrá incluir cursos de formación.

La Administración Educativa de cada Comunidad Autónoma regula este período de forma diferente siempre dentro de las condiciones mencionadas.


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